Este artículo complementa la información publicada previamente sobre la regularización extraordinaria 2026, incorporando las novedades del último borrador normativo.
Importante:
Este contenido se basa en un proyecto normativo, por lo que puede sufrir modificaciones ya que aún no está en vigor y requiere seguimiento hasta su aprobación definitiva.
Por ello, es recomendable analizar cada caso antes de tomar decisiones.
¿Qué es el nuevo arraigo extraordinario 2026?
El arraigo extraordinario es una nueva autorización de residencia por circunstancias excepcionales prevista en el proyecto de reforma del Reglamento de Extranjería.
Su objetivo es ofrecer una solución jurídica a personas extranjeras que ya se encuentran en España y que pueden acreditar una vinculación real con el país.
Esta medida se articula a través de dos vías principales:
Primera vía: Personas con solicitud de protección internacional previa.
Segunda vía: Personas en situación irregular que desean regularizar su residencia.
Requisitos del arraigo extraordinario en España 2026
Uno de los aspectos más importantes del proyecto es que define requisitos concretos, entre ellos:
- Estar en España antes del 1 de enero de 2026
- Acreditar al menos 5 meses de permanencia continuada
- No tener antecedentes penales en España y país origen
- No ser titular de otra autorización de residencia o estancia
Además, en el caso del arraigo extraordinario, se debe cumplir al menos una de estas condiciones:
- Haber trabajado o tener intención de trabajar
- Tener vínculos familiares en España
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad acreditada
¿Se puede solicitar con pasaporte caducado?
Sí. El proyecto permite acreditar la identidad con pasaporte en vigor o caducado, así como con otros documentos como el título de viaje o la cédula de inscripción, incluso cuando no estén vigentes.
Esto supone un cambio relevante, ya que permite iniciar el trámite incluso sin documentación vigente.

Plazos del arraigo extraordinario 2026
El proyecto fija plazos claros:
- Fecha límite para solicitar: 30 de junio de 2026
- Tiempo de resolución: hasta 3 meses
Si no hay respuesta en ese plazo, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo.
¿Se puede trabajar mientras se tramita?
Sí. Uno de los puntos más importantes del proyecto es que:
Desde la admisión a trámite, la persona queda habilitada para:
- Residir en España
- Trabajar por cuenta ajena o propia
Esto se mantiene hasta la resolución del expediente.
¿Qué familiares pueden incluirse?
El texto incluye medidas específicas para:
- Hijos menores
- Hijos mayores con discapacidad
- Cónyuge o pareja registrada
- Ascendientes en determinados casos
Esto permite extender la regularización a la unidad familiar en ciertos supuestos.
Quién NO puede solicitar este arraigo
El proyecto también establece exclusiones claras:
- Personas que son titulares con protección temporal (ej. Ucrania)
- Personas que ya estén en procesos de renovación o modificación
- Personas que no cumplan los requisitos de permanencia
Qué pasa si tengo un proceso de extranjería en curso
El proyecto prevé situaciones específicas:
Puede suspender procedimientos de protección internacional como la expulsión o devolución.
En algunos casos, puede dar lugar al archivo de estos procedimientos.
Qué cambia respecto a otras regularizaciones
A diferencia de otras vías, este proyecto introduce:
- Posibilidad de solicitar con pasaporte caducado
- Solo 5 meses de permanencia exigidos
- Permiso de trabajo desde la admisión
- Plazo concreto hasta junio de 2026
Esto lo convierte en una de las propuestas más específicas en materia de extranjería reciente.